Micelio
Auto2 de septiembre de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda fue rechazada por su indebida subsanación.

El despacho sustanciador advirtió que el escrito de corrección no resultó suficiente para entender el sentido de la equiparación que realizó el actor entre la figura del defensor de Familia y la figura del Juez sobre la cual fundó su demanda, pues sus reproches obedecieron a meras conjeturas y objetivamente no planteó una posición entre los contenidos de las normas acusadas y la Constitución.

Teniendo en cuenta que el accionante no cumplió con la carga de motivación requerida, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR, por improcedente, el recurso impetrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR el recurso de suplica presentado por el ciudadano Camilo Esteban Hernandez Caro contra el auto del 5 de agosto de 2021 por medio del cual se rechazo la demanda correspondiente al expediente D-14343, contentivo de la accion publica de inconstitucionalidad formulada contra los numerales 2 y 14 del articulo 82 de la Ley 1098 de 2006.
  2. Segundo. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional a comunicar el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. Tercero. En firme esta decision, archivese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.